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Paneles solares en una comunidad de vecinos

Actualizado: 12 may 2023


Hoy en día, con la subida del precio de la electricidad y el petróleo, además de la creciente preocupación global por el medio ambiente ha hecho que muchas personas se estén planteando poner instalaciones fotovoltaicas en sus casas o fincas para reducir su factura eléctrica.


Es en este momento cuando las dudas comienzan a aparecer en nuestras cabezas: ¿Cuántos paneles necesito?,¿Qué marca de paneles elegir?¿Podré instalar en mi tejado?


En el caso de viviendas unifamiliares, no es necesario tener que negociar con ningún vecino a la hora de instalar pero en el caso de un edificio de viviendas, es muy importante entender los pasos necesarios para que no tengamos ningún problema.


Para eso, te dejamos este artículo donde intentamos responder a las principales dudas que surgen cuando te estás planteando instalar paneles solares en un edificio de viviendas.







¿Puedo instalar en zonas comunes de una comunidad de vecinos para consumo individual? ¿Qué porcentaje de votos necesito para poder instalar?


Imagina que vives en una vivienda de un edificio con un tejado que tiene una orientación óptima para la instalación de placas solares. Decides que instalar placas solares para consumo personal podría ayudarte a ahorrarte dinero a largo plazo. Ya lo has mirado todo, te han presentado varios presupuestos, los has contrastado, has mirado los materiales necesarios para la instalación, estás muy convencido de la instalación, pero no sabes si tienes que pedir permiso a la comunidad o no, si va a haber una excesiva burocracia… Tranquilo, tenemos la respuesta a tu duda.


En el caso de que la instalación que quieras hacer sea para consumo privado y vaya a ser instalado en un espacio que sea comunitario, como una terraza o el tejado de la finca, según establece la Ley de Propiedad Horizontal, se debe someter a votación por parte de la comunidad en una junta de propietarios y requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.


Si los equipos o sistemas tienen un aprovechamiento privativo, para la adopción del acuerdo bastará el voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad

¿Puedo instalar en zonas o tejados de la comunidad para autoconsumo colectivo?


Como ya sabes, el autoconsumo colectivo es la modalidad que permite tener una única instalación de energía solar de la que se pueden beneficiar varios propietarios.


Si una parte de los vecinos del edificio habéis decidido instalar placas solares para poder reducir vuestra factura eléctrica y vais a instalar el sistema fotovoltaico en un sitio comunal como es el caso de un terraza o el tejado, tal como establece la Ley de Propiedad Horizontal se debe someter a votación por parte de todos los vecinos y debe de conseguirse también un mínimo de ⅓ de los votos a favor para poder llevar a cabo la instalación, tal y como mencionábamos antes


OJO!! Aquí viene una particularidad muy importante. Si la instalación es para consumos individuales de varios propietarios no es lo mismo que para los consumos comunes de la comunidad (iluminación, ascensores, bombas, etc).


"La realización de obras o actuaciones que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética acreditables a través de certificado de eficiencia energética del edificio o la implantación de fuentes de energía renovable de uso común, así como la solicitud de ayudas y subvenciones, préstamos o cualquier tipo de financiación por parte de la comunidad de propietarios a entidades públicas o privadas para la realización de tales obras o actuaciones, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación, siempre que su coste repercutido anualmente, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas y aplicada en su caso la financiación, no supere la cuantía de nueve mensualidades ordinarias de gastos comunes."

Es decir, si la instalación fotovoltaica va a beneficiar a toda la comunidad (por ejemplo asignándole a los gastos de comunidad un porcentaje de la instalación) será necesaria que una mayoría simple de todos los propietarios voten a favor de la instalación y la totalidad de los propietarios deberán sufragar los costes asociados a la instalación que vayan a repercutir en los gastos comunes.


La instalación tiene una potencia de 10kW y tiene un precio de 11.000€. 3 vecinos van a instalar 2,5 kW cada uno y se va a dedicar 2,5kW para los gastos comunes del edificio. En ese caso, la comunidad de vecinos debería pagar los 2,5 kW / 10kW = 25% de la instalación, en este caso, 2.750€, que deberían ser divididos entre todos los vecinos.


Si pasado el tiempo hay personas interesadas en beneficiarse de esa instalación de forma particular, tendrán que pagar el porcentaje correspondiente a la cantidad de energía que vayan a autoconsumir.


¿Cómo se haría el pago y todos los trámites?


En lo referente al tema de trámites, al igual que en la burocracia para la instalación para uso individual, es necesario informar a la autoridad autonómica de que la instalación se ha finalizado emitiendo el boletín eléctrico y por otro lado es necesario informar a la compañía distribuidora eléctrica (distinto de la comercializadora eléctrica) de los porcentajes de reparto, en el caso de que sea una instalación colectiva. Para una instalación particular, el cambio al a modalidad de autoconsumo con compensación de excedentes se realiza de forma automática por parte de la autoridad autonómica.


Estos trámites los realiza el instalador dentro de sus servicios, por lo que no te tienes que preocupar de nada. Es importante asegurarse de que el instalador incluye estos servicios en su oferta. Desde Sunalizer exigimos a los instaladores que incluyan toda esta tramitación en sus servicios, para que las personas no tengan que preocuparse de nada.


Respecto a los temas de operación y mantenimiento, hay que tener en cuenta que, por ley, en el momento en que la instalación se pone en el tejado o terraza de la finca, pasa a considerarse parte del edificio y por tanto, la comunidad responde ante costes de reparación y mantenimiento. No obstante, la comunidad de propietarios puede acordar que las reparaciones y mantenimiento corran a cuenta de los beneficiarios de la instalación.



En el caso de querer llevar a cabo la instalación en algún lugar que afecte a cómo se ve el edificio de forma externa, como el caso de querer instalarlos en la fachada misma del edificio, deben de estar a favor la totalidad de los vecinos para que un proyecto así pueda ser aprobado (a no ser que en la escritura de la propiedad esté escrito de forma distinta, aunque no es lo normal)


¿Existen ayudas y subvenciones para instalar paneles solares en una comunidad de vecinos?


Están saliendo multitud de ayudas y subvenciones para instalar paneles solares tanto en viviendas unifamiliares como en comunidades de vecinos. Estas subvenciones funcionan en forma de ayuda en algunas comunidades autónomas y en otras como bonificaciones fiscales.


Si quieres saber en detalle si existen ayudas en tu comunidad autónoma te invitamos a que entres en contacto con nosotros a través de nuestro formulario y podamos entender mejor tus necesidades y comentarte cómo podrías beneficiarte.






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